lunes, 8 de octubre de 2012

¿Estupefactos? No, lo aguantamos todo.



                Leo en el diario “El Día” que Educación obliga a los profesores a dar materias que no son de su especialidad. “El sindicato Docentes de Canarias desveló ayer que denunciará a Educación porque permite que profesores de Matemáticas impartan Lengua en Educación Secundaria”.  Me vino a la mente una clase de Derecho Procesal en 5º de la Licenciatura de Derecho en la que un alumno intentaba expresarse…; imposible. Había llegado hasta allí, en breve sería llamado “Letrado” y no sabía hablar.
                Lo malo es que un mes antes hice esta misma denuncia a otro sindicato de Tenerife y no me hicieron ni caso. Cuando mi mujer fue a llevar a los niños al colegio, una madre cuyo marido da clases de música, dijo que le obligaban  a dar clases de lengua castellana. ¿Pero que tienen que ver el culo con las témporas? 

               Docentes de Canarias-Insucan, habla de “desastre organizativo” derivado de una instrucción de la Consejería de Educación que permite al profesorado impartir asignaturas que no forman parte de su especialidad.  Señor trilero (perdón); Señor Consejero ¿para qué estudiar una licenciatura si luego usted deja al conserje que dé a mi hijo cualquier asignatura para la que no hay un sustituto porque ustedes, en el mejor de los casos, utilizan ineficientemente los recursos de la Comunidad Autónoma?  Está claro, imagino su respuesta: ¡necesitamos más políticos y más televisión!

                Continúa el sindicato manifestando que “los alumnos no estarán suficientemente formados y que el profesorado se encuentra agotado porque no se siente capacitado para impartir estas materias”. Por ello, y porque consideran que la normativa de la Administración educativa puede ser constitutiva de un delito de prevaricación, los representantes de Docentes de Canarias-Insucan anunciaron ayer la presentación de una demanda contra la resolución que contiene esta medida: el texto modifica un Real Decreto del Gobierno central “a sabiendas de que no se puede hacer”, sostiene el sindicato.  La norma estatal recoge la posibilidad de que se impartan materias ajenas a la especialidad sólo en el caso de los programas de cualificación profesional y de diversificación curricular.

                Según Docentes de Canarias- Insucan hay centenares de reclamaciones como consecuencia del nombramiento de más de mil profesores desde el comienzo de curso. La incorporación de estos nuevos docentes a sus centro se ha realizado cuando los equipos directivos ya habían confeccionado los horarios, por lo que se les ha asignado horas sobrantes de asignaturas que no son las suyas. Según Docentes de Canarias-Insucan, los directores también son responsables por no modificar el horario.

                En mi humilde opinión, la Consejería obliga a los propios docentes a vulnerar tanto el espíritu como la letra de la ley porque todo el mundo sabe que no puede dar clases de materias para la que no tiene habilitación legal. ¿Prueba del algodón? En las próximas oposiciones que el músico que ha dado clases de lengua se presente a la especialidad de lengua con su título de música: no hace ni el examen, porque, aunque suene redundante, no tiene la titulación requerida por el Estado.

                  Artículo 403 del Código Penal: El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere  un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de muta de tres a cinco meses. Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

                Esta castuza está tan acostumbrada a violar la ley (por mucho que diga ese florero carísimo con el grabado de “Defensor del Pueblo”, ahora metido a labores de defensa de la clase política) que aún siendo conscientes de la ilegalidad que iban a cometer, de sus consecuencias y de su difícil reparación,  sabían que  ello mismo  garantizaba su impunidad. Le decía a mi esposa que se imaginara dos vecinos, uno trabajando y otro con problemas para pagar la hipoteca. El primero, músico dando lengua; el segundo, filólogo en paro. ¿Denunciará el segundo al primero por intrusismo? Podría (luego la justicia diría, en el supuesto que no se le encogiera el brazo, lo que tuviera que decir), pero, ¿quién le pone el cascabel al gato?

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